Derecho Militar

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Sentencia 23/1981, de 10 de julio

El demandante fue jubilado a los 55 años naturales y no a los 56, como el resto de los compañeros de sus promoción. Alega, por ello, discriminación basada en la edad. No obstante el Tribunal no lo entiende así, en tanto en cuanto en aquel caso, por un error material, el demandante había comenzado su carrera profesional un año antes que toda su promoción, por lo cual su vida laboral había sido de igual duración.

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