Derecho Militar

Legislación · Jurisprudencia · Bibliografía

Auto 231/1982, de 23 de junio

Quien ya había solicitado sus derechos de pensión ante el propio TC, desestimándose por vicios formales, vuelve a intentarlo. El Tribunal recuerda que, amén de que el demandante vuelve a incurrir en diversos vicios, que su derecho a la pensión no es de los que se garantizan mediante el recurso de amparo.

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