Derecho Militar

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Sentencia 15 /1982, de 23 de abril

Objetor de conciencia “por motivos personales y éticos” solicita aplazamiento en la incorporación, lo que se niega por no tratarse de motivos religiosos, único motivo de la única norma reguladora vigente en aquel momento. El TC asienta los términos en los que debe entenderse la objeción de conciencia y, por lo que hace referencia al caso, entiende insuficiente la normativa entonces en vigor, concluyendo que no sólo los motivos religiosos pueden ser causa de la declaración de objetor, sin que para ello sea obstáculo que no se hubiese dado la regulación pertinente. De este modo reconoce el derecho del demandante a ser declarado objetor.

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