Auto 375/1983, de 30 de julio
Los demandantes fueron sancionados por su “Manifiesto de los cien” publicado
en diversos medios periodísticos, que no fue autorizado previamente por las
autoridades militares. El Tribunal se enfrenta por primera vez centralmente a
los límites de la libertad de expresión del militar que entiende oportunos por
la natural sumisión a la disciplina castrense, por lo cual estima que los
demandantes no ejercieron la libertad de expresión protegida
constitucionalmente.
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