Derecho Militar

Legislación · Jurisprudencia · Bibliografía

Auto 339/1984, de 6 de junio

Padre demanda pensión al Ministerio de Defensa por la muerte de su hijo en acto de servicio (durante su prestación del servicio militar. Dicha pensión le es denegada por entenderse que su hijo murió por suicidio. El padre recurre en amparo al entender que no queda probada la muerte por suicidio de su hijo y alega la presunción de inocencia del art. 24. 2º CE. El Tribunal, si bien recuerda que la presunción de inocencia no actúa sólo en el ámbito penal, sino también en el administrativo, recuerda que sólo tiene sentido en el ámbito de alguna condición o conducta que haya deparado sanción o limitación de sus derechos. En este sentido, claro está, no se enjuicia la conducta del fallecido para imponer sanción alguna o limitarse sus derechos, por lo que no tiene cabida la presunción de inocencia. El TC reconduce la cuestión a un problema de carga de la prueba y señala la suficiencia de las pruebas seguidas en el proceso.

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