Derecho Militar

Legislación · Jurisprudencia · Bibliografía

Auto 403/1984, de 27 de junio

El recurrente era un Teniente Coronel condenado por fraude (por ocasionar un desgaste de material de 500 ptas.) y depósito de armas. El sujeto, en servicio, con material militar y utilizando a varios soldados, fabricó unos bolígrafos – pistola. El demandante alegó el principio de igualdad por cuanto a los diferentes tipos penales aplicables a militares o a ciudadanos en general, en este caso por cuanto a los “fraudes” militares y las “estafas” civiles. El Tribunal afirma que no se pueden comparar “pues ni los elementos del tipo obedecen a una misma idea de protección penal, ni los bienes a los que se ordena esta protección penal son coincidentes” (auto 403/1984, de 27 de junio, FJ único)

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