Derecho Militar

Legislación · Jurisprudencia · Bibliografía

Auto 675/1984, de 14 de noviembre

Recurrentes solicitaron la libertad provisional en el transcurso de su proceso militar por intento de apoderamiento de armas en el País Vasco, dado que habían superado el periodo máximo en prisión regulado por la ley criminal general. Se denegó tal concesión por entenderse que esta regulación no afectaba al ámbito militar. Entienden que de no aplicarse la regulación general se vulnera tanto el artículo 17 como se les discrimina. No obstante, el TC considera que el mandato del artículo 17 no tiene por qué ser desarrollado sólo en una ley y recuerda las posibles diferencias del ámbito de la jurisdicción militar y la civil, por lo que no resulta de aplicación directa la legislación criminal general en el ámbito militar, pese a la laguna legal existente en el ámbito castrense.

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