Sentencia 97/1984, de 19 de octubre
Coronel de Artillería entiende violados los derechos reconocidos en los
artículos 24. 1º y 25. 1º CE en el proceso militar que le condenó por
negligencia por razón de la distracción de determinadas armas en la dependencia
que comandaba. Señala que el tipo penal no guardaba las exigencias mínimas del
principio de legalidad, así como las limitaciones de sus garantías durante tal
proceso, como lo fue que el fiscal varió la acusación que se formuló contra él
en la apelación, siendo primero por una falta grave, después por delito.
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